FORMACIÓN Y HABILITACIÓN PARA CONTROLAR ORGANISMOS NOCIVOS

  • 22 de Septiembre de 2025

En artículos anteriores ya hemos estado informando sobre los cambios formativos y normativos que van a afectar a la habilitación para ejercer las diferentes funciones dentro de la Sanidad Ambiental Aplicada.

Desde la publicación en noviembre de 2024 del real decreto 1157/2024, de 19 de noviembre, ya se conocía que la estructura de los certificados de profesionalidad (ahora certificados profesionales) había cambiado. Se ha tenido, gran parte del año 2025, para poder organizar las formaciones acorde a los nuevos requerimientos y poder informar a los integrantes del sector (empresas y trabajadores) sobre las repercusiones que estas novedades legislativas iban a tener en sus tareas.

Dejando a un lado el gran avance que ha aportado el real decreto 1157/2024, como es el abrir una nueva vía de entrada de personal formado al sector, con la publicación de Grado Medio en Sanidad Ambiental Aplicada. En esta ocasión nos vamos a centrar en cómo, esta legislación, ha regulado las diferentes facetas de actuación de la Sanidad Ambiental Aplicada en sus correspondientes certificados profesionales.

Los certificados profesionales completos son formaciones de grado C (compuestos por varios módulos profesionales), e incluyen varios grados B (equivalen a las unidades de competencia, son cada uno de los módulos profesionales). Para poder ejercer en los diferentes ámbitos de la Sanidad Ambiental se debe estar en posesión del correspondiente certificado profesional de grado C de cada uno de ellos.

Por ejemplo, para poder realizar las funciones de desratización y desinsectación, manipulando productos biocidas de los TP 14, TP 18 y TP 19, es necesario realizar completo el SEA_C_001_4B Servicios de control de plagas/organismos nocivos. Si se quiere ampliar la habilitación para los TP2, TP3 y TP4, se deberá realizar el módulo profesional 1703, que corresponde a la acreditación de grado B, SEA_B_1703 Control de organismos mediante desinfección. Actualmente, estas dos acreditaciones están unificadas en el certificado SEAG0110 Servicios para el control de plagas, y del que, en CEDESAM, se comienza la última edición en agosto.

En el ámbito de Legionella, será necesario realizar el SEA_C_002_4B Mantenimiento higiénico-sanitario de instalaciones susceptibles de proliferación de Legionella, y que se corresponde en su totalidad con el certificado SEAG0212 (del que ya no se realizará ninguna edición).

En el caso de que una persona tenga un certificado grado C, por ejemplo, SEA_C_001_4B Servicios de control de plagas/organismos nocivos, y quiera ampliar para poder realizar las funciones de control de Legionella, deberá cursar el módulo profesional 1700, correspondiente al  SEA_B_1700 Control de Legionella y otros organismos nocivos en instalaciones de riesgo.  Ya que los módulos profesionales comunes los tendrá realizados con el curso del primer certificado. Esta es la gran novedad legislativa, la posibilidad de realizar un certificado completo y luego ir ampliando habilitaciones con los módulos profesionales correspondientes (concretados en certificados de competencia de grado B), tanto de desinfección, aves, xilófagos o piscinas.

En CEDESAM  seguimos trabajando para ofrecer al sector de la Sanidad Ambiental la información y formación más novedosa y actualizada, con la calidad y profesionalidad de siempre.